Mtra. Ventura G. Servín
Lance
Cuando Enrique peña Nieto
presentó su iniciativa de reforma a los Artículos 3º. Y 73 de la Constitución,
se inició una especie de campaña en contra de la misma, especialmente rumores
que rondan las redes sociales y peor aún de acciones emprendidas por el SNTE
para que los padres de familia firmaran documentos solicitando, no se sabe bien
a quién, que no se aprobara dicha iniciativa.
En este espacio comentaremos esos
rumores. En primera instancia aquel que jura y perjura que la reforma es
privatizadora de la educación básica obligatoria.
Es difícil encontrar el
fundamento de ese rumor, dificilísimo; la fracción IV del artículo 3º ni se
tocó[1].
Pero el rumor existe, su servidora vio documento entregado a padres de familia
de cierta escuela primaria…”Van a cobrarles cuotas obligatorias mínimo de 300
pesos para inscribir a sus hijos”
Pero…. ¡cómo se atreven! desde
1993 las escuelas públicas a través de la figura de Sociedad de padres de
Familia, han cobrado “cuotas voluntarias”. Y no piense el lector que esto ha
sido sin una causa hasta cierto punto, justificada. Tras la modernización educativa
promovida por Carlos Salinas y Elba Esther Gordillo, que derogó la Ley Federal
de Educación por la Ley General de
Educación, la escuela pública quedó es un estado de indefensión para cubrir
pagos que hasta ese momento, no realizaba: energía eléctrica, agua potable, teléfono
y mantenimiento. En muchos casos ahora tiene
que cubrir hasta el pago del personal de intendencia y veladores.
Si bien hay que cubrir esas
necesidades, el manejo de esas cuotas su ha prestado en muchos casos, a malos
manejos. Las sociedades de padres de familia no se constituyen en asociaciones
civiles, por ende, las cuentas bancarias en las que se resguardan, son a nombre
de personas físicas. ¿Qué implica?, sencillo: falta de transparencia en el
manejo de ese dinero.
¿Qué va a pasar con esas
necesidades que tiene cada escuela? Será ahora tarea del Director gestionar
directamente con la autoridad todos los requerimientos. Además de tener que
realizar esa labor de gestión, respaldado por maestros y padres de familia, el
uso de esos recursos deberá no solo justificarse, si no comprobarse y
transparentarse. Así que ya no habrán acuerdos en lo “oscurito” entre un
director y papás cómplices en el uso de las cuotas.
La reforma publicada en 26 de
febrero pasado, requiere para ser aplicable, de la legislación secundaria, en
este caso, de la modificación pertinente a la Ley General de Educación.
Y en ello ponemos atención a este
rumor escandaloso. Si nos tomamos el tiempo de buscar y de leer encontraremos
fácilmente las tres leyes secundarias que el Ejecutivo federal entregó la
semana pasada.
Les dejo el artículo de la Ley
General de Educación que justo hace referencia supuesta privatización que
rumoran algunos maestros o más bien, algunos de sus líderes:
Artículo 6º.
La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones o
cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán
como contraprestaciones del servicio educativo. Las autoridades educativas en
el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación,
destino, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.
Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione
la prestación del servicio educativo a los educandos.
En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la
escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación
a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los
alumnos, el pago de contraprestación alguna.
Hay que LEER, antes de hablar….
Consulta el texto íntegro de la Ley General de Educación (modificaciones que el Congreso deberá aprobar para cumpli con los transitorios de la reforma del 3o. en septiembre)
http://www.educacionfutura.org/iniciativa-de-ley-general-de-educacion/
[1] Toda la educación que el Estado imparta será
gratuita (hace referencia a la educación obligatoria, la básica obligatoria y
la media superior)
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